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La Dirección de #Impuestos y #Aduanas Nacionales (DIAN) recuerda a los contribuyentes y a la ciudadanía en general que, según las disposiciones en el Decreto 1625 del 2016 (Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda), el Registro Único Tributario (RUT) no tiene vigencia y en consecuencia, si el contribuyente no tiene ninguna actualización que hacer a este documento, no se debe exigir su renovación.

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