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Este sistema es obligatorio para todas las personas jurídicas que vendan bienes y servicios, así como para las personas naturales que tengan ingresos superiores a 3.500 UVT (Unidades de Valor Tributario) o 130 millones de pesos al año. También están obligados los responsables del impuesto al consumo, los litógrafos, los usuarios aduaneros, entre otros.

¿Qué es la facturación electrónica?

Es un sistema digital para generar, transmitir, validar y conservar las facturas de venta, con los requisitos legales establecidos por la DIAN.

¿Quiénes están obligados a facturar electrónicamente?

  • Personas jurídicas que vendan bienes y servicios.
  • Personas naturales con ingresos superiores a 3.500 UVT (130 millones de pesos) al año.
  • Responsables del impuesto al consumo.
  • Litógrafos.
  • Usuarios aduaneros.

Calendario de implementación:

  • La DIAN estableció un calendario gradual de 2019 a 2025.
  • Se han otorgado prórrogas a algunos sectores por la pandemia.

¿Qué pasa si no cumplo?

  • Sanciones económicas y administrativas:
    • Multa por no facturar: 1% del valor de las operaciones sin requisitos legales (máximo 36.205.000 pesos en 2024).
    • Multa por incumplimiento de plazos: 571.500.000 pesos en 2024.
    • Cierre temporal del establecimiento por 3 días.

¿Cómo puedo cumplir?

  • La DIAN ofrece un software gratuito en su página web.
  • También hay proveedores tecnológicos autorizados.
  • La DIAN ofrece asesoría y capacitación.

Beneficios de la facturación electrónica:

  • Reduce costos.
  • Agiliza procesos.
  • Seguridad de la información.
  • Mejora el control tributario.
  • Contribuye al medio ambiente.

¿Tienes dudas?

  • Consulta la página web de la DIAN.
  • Contacta con la DIAN a través de sus canales de atención.

¡No te expongas a sanciones! Cumple con la obligación de facturar electrónicamente.

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